En el caso de que tributes en la modalidad normal del IRPF y es posible que te interese conocer si existe la posibilidad de aplicar la amortización a los nuevos productos que hayas adquirido. En este post de Arras Farma queremos resolver tus dudas y, por eso, a continuación te descubriremos en qué consiste la amortización en nuevos activos adquiridos en farmacia. Sigue leyendo y desvelaremos cualquier duda que puedas tener al respecto.
Qué dice la ley sobre la amortización en nuevos activos adquiridos en farmacia
La Ley del IRPF es la que habla acerca de estos casos de amortización. Concretamente, en el artículo 28 de dicha ley se determina que el rendimiento neto de las actividades económicas se contabiliza según la Ley del Impuesto sobre Sociedades. Por tanto, se tiene que tener en cuenta lo que se indica en el artículo 12.3 de dicha ley donde se establece que se pueden amortizar de forma libre los elementos materiales que no excedan los 300€ por unidad. También existe otro límite que está estipulado a los 25.000 euros y que se refieren al total de los elementos nuevos que pueden adherirse a este beneficio fiscal.
En el caso de que se excedan los 300€ por unidad en el material nuevo, también se puede aplicar dicho beneficio si la farmacia no supera los 10 millones de euros anuales en lo que a facturación se refiere. Esto es porque en el artículo 102 de la ley que hemos mencionado aparece la posibilidad de llevar a cabo una total libertad de amortización en los elementos nuevos que empiecen a funcionar. Esto tan solo es aplicable durante los 24 meses posteriores del periodo impositivo y siempre que el incremento se mantenga durante otros 24 meses.
En este último caso, la cantidad de la inversión puede disfrutar de una libertad de amortización que se calcula de la siguiente manera: se multiplican los 120.000 euros por el incremento que se haya calculado con los dos decimales. Sabemos que todo esto puede ser un tanto confuso y, por eso, te animamos que contactes con nosotros.
Arras Farma somos una asesoría para farmacias que trabajamos día a día para ayudar a resolver cualquier duda que pueda venir de tu sector profesional. Te asesoramos tanto a nivel legal como fiscal para que puedas llevar una contabilidad segura y totalmente legal en tu actividad diaria. Para poder estar seguro con tu farmacia, nada mejor que contar con expertos como los que encontrarás en Arras Farma.
Amortización del fondo de comercio en farmacias
Debes saber que hoy en día no se exige que se contabilicen las donaciones mediante el fondo de comercio. En este sentido, existe otra norma que se establece con estas condiciones:
- El fondo de comercio tiene que estar como título oneroso, por tanto que no se pueda aplicar a herencia o a donación
- Que las entidades que forman parte del mismo no sean de un grupo de sociedades o que formen parte de oficinas de farmacia
- Que exista una reserva indisponible por el importe que se puede deducir de manera fiscal.