La crisis del Coronavirus está afectando a todos los sectores productivos. Pero las farmacias siguen estando abiertas y ofreciendo atención médica a los pacientes ya que, ahora, es cuando más se necesitan. Los farmacéuticos están a primera línea de batalla atendiendo dudas de los pacientes y dispensando medicamentos, así como material sanitario para intentar controlar la pandemia. Pero precisamente esta labor tan directa y constante puede hacer que alguno de los empleados sea contagiado por COVID19.
En Arras Farma queremos descubrirte cómo realizar la gestión de las bajas médicas por coronavirus en farmacias y, así, poder tomar las medidas necesarias para que el empleado/a contagiado pueda recuperarse en casa y hacer la cuarentena sin riesgo a causar más contagios. En este post te damos la información que necesitas conocer sobre este tema.
Las bajas médicas por coronavirus en farmacias
Si quieres conocer cómo hacer la gestión de las bajas médicas por coronavirus en farmacias tienes que saber que se aprobó el Real Decreto es 6/2020, de 10 de marzo, la ley que regula las medidas que se han lanzado de forma urgente en el plano económico para proteger a la sociedad de la pandemia del Coronavirus. En esta ley se recoge la protección social de los trabajadores que hayan sido contagiados por el COVID19 y que tengan que aislarse en casa para evitar la propagación del virus.
Con esta ley se pretende que los costes de la baja para las empresas sean los mínimos posibles y que los trabajadores puedan seguir percibiendo parte de su salario durante la cuarentena. Es cierto que desde el gobierno central van actualizando y cambiando las medidas, sin embargo, en cuestión de las bajas médicas se ha creado un consenso para que estas no repercutan coste alguno ni para las empresas ni para los trabajadores.
Las medidas que se han activado desde el gobierno son las siguientes:
- El COVID19 se considera como un accidente de trabajo: esta medida es de carácter excepcional y se contabiliza de esta manera para diferenciarla de las bajas por enfermedades comunes que aportan únicamente el 60% del salario base a los empleados.
- Servicio Público de Salud: es la entidad encargada de emitir las bajas y las altas por esta enfermedad.
- Duración de la prestación: dependerá de la baja que se haya tramitado y del alta médica recibida por parte de los sanitarios.
- Cuenta propia o cuenta ajena: cualquier tipo de trabajador, ya sea por cuenta propia o por cuenta ajena, puede solicitar esta baja laboral siempre y cuando esté al día de sus pagos y obligaciones con la Seguridad Social.
¿Cómo gestionar la baja médica por enfermedad común desde casa?
Nos encontramos ante una situación excepcional y, como tal, se han tomado medidas excepcionales que tienen como objetivo evitar al máximo el contacto social. Por este motivo, actualmente se puede solicitar la baja médica por coronavirus sin necesidad de desplazarte hasta el centro de salud. Es importante que sepas que los médicos de centros de salud tramitan por teléfono los partes de baja, por tanto, no tendrás que desplazarte hasta estos centros sino que con solo una llamada ya podrás hacer las gestiones pertinentes.
Durante la llamada con el centro de salud, el médico realizará una evaluación general sobre el estado del paciente y, así, terminará por concluir si se acepta o no la baja. Si la respuesta es positiva, este trámite será registrado en la Seguridad Social por el mismo centro de salud. Con esta medida extraordinaria se quiere evitar el colapso de los centros médicos y reducir el tránsito de personas por la calle. Por el mismo motivo, las altas también se realizarán por vía telefónica contactando, de nuevo, con el centro.