El plus de antigüedad en los trabajadores de farmacia

Cuando un trabajador lleva cierto tiempo desempeñando sus funciones en cualquier tipo de empresa, lo habitual es que se le prime su labor y su continuidad con un plus que se conoce como el “plus de antigüedad”. Esta prima está destinada para fidelizar el empleado y hacer que se sienta a gusto y valorado en su lugar de trabajo.

En plus de antigüedad en los trabajadores de farmacia también es una prima recurrente que tiene como objetivo poder reconocer el compromiso y el trabajo que tu plantilla tiene con tu oficina. Pero ¿a cuánto asciende este plus?

En el post de hoy de Arras Farma vamos a descubrir todo lo que tienes que saber sobre el plus de antigüedad en los trabajadores de tu farmacia para que sepas todos los elementos a tener en cuenta antes de pagar esta prima a algún miembro de tu plantilla.

El importe del plus de antigüedad laboral

En este otro artículo ya te hablábamos sobre cuánto se tiene que pagar a un empleado de farmacia pero cuando nos referimos al plus de antigüedad nos estamos refiriendo a una prima, un extra del sueldo que se abona como reconocimiento de los años dedicados al servicio de la empresa.

El plus de antigüedad en los trabajadores de farmacia

Por tanto, el plus es un importe determinado que se paga a los trabajadores más antiguos que llevan trabajando en una farmacia y este importe se tiene que buscar en los Convenios Colectivos ya que es aquí donde aparecen estas primas.

Así pues, en el Convenio Colectivo de 1998 nos encontramos con que en el artículo 25 aparece este plus y se nos indica que tan solo podrán cobrar este importe los trabajadores que tengan antigüedad en la empresa. Esta antigüedad se contabiliza a partir del tercer año de trabajo en el mismo lugar de trabajo y, cada tres años, se puede aumentar esta prima.

En este mismo convenio se estipula que el aumento del sueldo deberá ser de un 5% cada tres años, importe que irá acumulándose a medida que el trabajador esté más tiempo en la misma empresa.

Este cálculo se debía hacer en torno al salario base del convenio, es decir, teniendo en cuenta únicamente el importe en bruto; de aquí se sacaba el 5% y se sumaba a la cantidad mensual a percibir por el asalariado.

Convenio Colectivo del 2000

Sin embargo, este convenio desapareció a causa de la aparición del Convenio Colectivo de 2000. Este defendía que el plus por antigüedad desaparecía de las nóminas de las oficinas de farmacia, algo que dejaba claro en el artículo número 30 de su constitución.

El plus de antigüedad en los trabajadores de farmacia

Pero ¿qué ocurría con los empleados que ya recibían dicha prima? En estos casos, se cambiaba el concepto de “plus por antigüedad” y se sustituía por el “complemento ad personam” que, básicamente, se centraba en conservar esa cantidad de prima con algunas condiciones específicas como que, por ejemplo, este plus no era revalorizable durante los siguientes años ni tampoco absorbible, a no ser que el porcentaje de aumento fuera en relación al incremento de la base salarial.

Para poder compensar las expectativas, en este convenio se establecía un aumento adicional para los años en los que dicho convenio estuviera vigente. En el 2004 se creó un nuevo acuerdo colectivo que defendía que el complemento “ad personam” podría revalorizarse del mismo modo en el que lo hace el sueldo base.

¿Qué es el complemento personal de garantía?

En el año 2007 apareció un nuevo Convenio de Oficinas de Farmacia que incluía un término que, hasta ahora, no se había usado en el campo que nos ocupa. Se trata del Complemento Personal de Garantía en cuyo artículo 51 encontramos una definición muy clara que nos indica que, en el caso de que existan diferencias retributivas de forma anual, el personal que reciba un salario superior tendrá que tener reflejado el importe de las diferencias en el recibo de salarios. Este complemento no es ni revalorizable, ni absorbible ni compensable.

Debemos saber que, en todos los convenios que se pactaron en el futuro a este acuerdo, seguían incluyendo este concepto cambiando un término: ahora sí que es revalorizable según los términos que se acuerden en cada convenio. Dicho de otro modo: las subidas de sueldo que se realicen anualmente sí que se aplican.

¿Quién recibe este tipo de complemento en una farmacia?

Se trata de un complemento bastante escaso dentro del sector farmacéutico ya que son muy pocos los trabajadores que lo reciben. El motivo es que, para poder recibirlo, el empleado tendría que llevar trabajando en la misma oficina de farmacia desde el año 2010 y, además, en esa fecha debería estar cobrando un extra superior a su salario.

El plus de antigüedad en los trabajadores de farmacia

Por tanto, es una situación poco habitual en el sector de la farmacia y, por este motivo, este complemento apenas se aplica dentro de nuestro terreno laboral.

Resumiendo, actualmente el plus de antigüedad está exento en el mundo farmacéutico pero sí que es cierto que existen otros complementos salariales que debes conocer. Para poder resolver esta duda y otras que puedan surgirte en relación a este tema, puedes contar con el asesoro de Arras Farma y nuestro equipo profesional que pondrá todos sus conocimientos y experiencia a tu alcance para poder resolver todas tus dudas.

En Arras Farma somos especialistas en asesoramiento farmacéutico y conseguiremos despejar tus dudas y consultas para que tu farmacia funcione a toda máquina.

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